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lunes, 24 de junio de 2013

GAFI SACA A BOLIVIA DE LISTA ANTILAVADO DE DINERO


Es un aval para el sistema financiero, dice Arce
Ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce Catacora. 
ORURO, BOLIVIA (ANB / Erbol).- El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, informó hoy que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) separó a Bolivia de la lista “gris-oscura” donde se mantiene a países con deficiencias en el combate al lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.


“Es la primera vez que la comunidad internacional, a través de esta institución GAFI, reconoce (los avances del país) para normar, para regular el lavado de dinero en Bolivia y la lucha contra el financiamiento al terrorismo”, señaló Arce en conferencia de prensa.

La decisión del organismo internacional surgió en la tercera reunión plenaria que se realizó la pasada semana en Oslo, Noruega.

El Ministro explicó que en los últimos años el gobierno realizó importantes mejoras en su sistema legal e institucional para lograr ser excluido de la lista “gris-oscura”, así como evitar caer en la lista negra debido a la “dejadez de los gobiernos neoliberales”.

Señaló que de no haber realizado los esfuerzos necesarios para salir de la lista “gris-oscura” de la GAFI, “Bolivia hubiera sufrido un bloqueo económico y financiero”.

“Los países de la comunidad internacional habrían suprimido o reducido las relaciones económicas y financieras con nuestro país afectando el flujo de capitales y consiguientemente la inversión extranjera”, manifestó. 

“Hoy el sistema financiero tiene un aval de que en Bolivia hay una lucha contra el lavado de dinero y contra el financiamiento al terrorismo”, agregó Arce. 

Normativa implementada

En agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo emitió el Decreto Supremo 29681, que estableció un esquema de control sobre la internación y salida de divisas del territorio nacional y otorgó la responsabilidad de Sujeto Obligado a la Aduana Nacional respecto del lavado de dinero.

En mayo de 2009, emitió el Decreto Supremo 138, que estableció la aplicación de medidas cautelares (retención de fondos, incautación y confiscación) sobre el patrimonio y los medios e instrumentos que hubieran sido utilizados o estuviesen comprometidos en la comisión del delito de terrorismo, sedición o alzamiento armado contra la seguridad y la soberanía del estado.

En julio de 2009, mediante Ley 4072, el Estado boliviano ratificó el Memorándum de Entendimiento de constitución del GAFISUD.

En marzo de 2010, promulgó la Ley 004, 'Marcelo Quiroga Santa Cruz', que mejora la tipificación del delito de legitimización de ganancias ilícitas.

En mayo de 2010, puso en vigencia la Ley 007, de modificaciones al sistema normativo penal, mediante la cual, entre otros, modificó el artículo 252 del Código de Procedimiento Penal, otorgando facultades al fiscal para que de manera directa disponga la aplicación de medidas cautelares de carácter real.

En noviembre de 2010, promulgó la ley 060, que regula el funcionamiento y el control de casas de juego y juegos de azar, que también se incluye en el marco de la lucha contra las ganancias ilícitas.

En septiembre de 2011, con la Ley 170, el Gobierno incorporó al Código Penal las figuras penales de financiamiento del terrorismo, separatismo y legitimación de ganancias ilícitas, y asignó nuevas atribuciones a la Unidad de Investigaciones Financieras.

En julio de 2012, se promulgó la Ley 262, que instituye un régimen especial de congelamiento de fondos y otros activos de personas vinculadas con acciones de terrorismo y financiamiento del terrorismo, consignadas en las listas públicas de Naciones Unidas o en los requerimientos de países, en el marco de la cooperación internacional.

En diciembre de 2012, se emitió la Resolución Biministerial 003/2012, entre los ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Relaciones Exteriores, mediante el cual se reglamenta el procedimiento de congelamiento de fondos y otros activos, en el marco de la Ley 262.

La más reciente medida emitida por el Gobierno es de abril de 2013, el Decreto Supremo 1553, mediante el cual se introdujeron aspectos complementarios al régimen de congelamiento de fondos de personas vinculadas con el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

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